El 8 de diciembre de 2008 la Comisión UE publicó un mandato (M436) dirigido a las tres organizaciones europeas dedicadas a la estandarización (CEN, CENELEC y ETSI), con el fin de que pusieran en marcha un grupo de trabajo para poner un poco de orden en el frondoso maremágnum existente de normas, leyes y medidas de seguridad en las muy nombradas y algo temidas tecnologías de identificación por radiofrecuencia (Radio Frequency Identification –RFID-). Estas tres entidades habrían de organizarse, según el mandato, en un Grupo de Supervisión que daría el visto bueno al grupo de expertos independientes constituidos en uno de los STF (comités técnicos ad-hoc) de ETSI, bajo cuyas normas se trabajaría.
Y así ha sido: el STF 396 que desarrolla el Mandato 436, quedó constituido el pasado 1 de febrero, y cuenta con un representante español, Paloma Llaneza de Razona LegalTech, única experta elegida por las dos entidades convocantes (ETSI y CEN) por sus conocimientos de privacidad, protección de datos y seguridad de la información.
Al STF 396 se le ha encargado el análisis de los trabajos ya realizados con fondos de la Comisión (como son los informes CASAGRAS y GRIFS), que identifican los estándares internacionales sobre RFID y el estado del arte en cuestiones como seguridad y protección de datos. También entra entre el ámbito de sus trabajos en esta primera fase del mandato la identificación de un logo a ubicar en aquellos entornos en los que haya lectores de RFID, y la definición de un PIA (Privacy Impact Assessment) para la tecnología RFID. En este sentido es de señalar que la industria ha estado trabajando en un PIA para RFID y que el mismo se ha mandado al Grupo del Artículo 29 para su revisión.
Además, entre sus retos, se encuentra el identificar los objetivos de protección de datos, de protección de la privacidad y seguridad de los dispositivos (desde las etiquetas, pasando por los lectores, redes, aplicaciones hasta las bases de datos).
El entregable de esta fase 1 ha de ser un “roadmap” de los estándares que, en el futuro, sería necesario que estas tres instituciones de estandarización europea hubieran de poner en marcha para permitir el despegue de esta tecnología asegurando, al tiempo, la protección de datos y la privacidad de la información.